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Director de Cortolima confirma que no tiene inhabilidades para ejercer sus funciones

Este fue el comunicado que reveló el equipo de comunicaciones de CORTOLIMA, después de darse a conocer que el funcionario tendrí­a vigente una sanción para desempeñar cargos públicos y contratar con el Estado, desde el 27 de mayo de este año hasta el mismo dí­a del año 2024, constatado por el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades de la Procuradurí­a.

El funcionario, alega que el proceso ya fue archivado y solo espera la actualización del SIRI.

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Comunicado:

Que, por cuenta del reporte emitido por la Procuradurí­a General de la Nación en el certificado de antecedentes disciplinarios del sistema SIRI del mes de julio, el Director General de Cortolima Jorge Enrique Cardoso Rodrí­guez informa a la opinión pública lo siguiente:

1. Que en virtud de un hallazgo fiscal reflejado en la auditorí­a de la vigencia 2014 se dejó a cargo de los funcionarios Jorge Enrique Cardoso Rodrí­guez en su condición de ordenador del gasto, del Sub Director de Desarrollo Ambiental de la época; La Ing. Claudia Paola Muñoz Barreto en su condición de supervisora del contrato y el Ing. contratista Germán Vargas Almario responsable del contrato de obra Nro. 239 de 2012, una observación de carácter fiscal en cuantí­a de $2´335.296 por el inadecuado cálculo de los factores prestacionales que debí­a cancelar el contratista a los obreros adscritos a la obra en 74.38% y no del 85% como se estableció en los estudios previos y obligaciones contractuales dentro del Análisis de Precios Unitarios-APU.

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2.  Que producto del proceso de responsabilidad fiscal se emitió fallo de primera instancia a los funcionarios antes citados, el 21 de febrero de 2019 en la cuantí­a de $2´978.036, procediendo a cumplir con la obligación fiscal, mediante consignación de la cuantí­a señalada el pasado 7 de junio de 2019, documentación que fue allegada el mismo dí­a al organismo de control fiscal.

3. Que el 10 de junio la Gerente Departamental Colegiada CGR Tolima profirió el auto Nro.  038 ordenando el archivo de las diligencias fiscales y posteriormente expidiendo la resolución 178 del 13 de junio de 2019 emitida por la Contralora Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva en la cual se ordena la exclusión del boletí­n de responsables fiscales que publica la CGR a favor de los funcionarios Cardoso Rodrí­guez, Muñoz Barreto y contratista particular Germán Vargas Almario.

4. Que a pesar de la exclusión emitido por la Contralorí­a General de la República en su boletí­n fiscal no se ha levantado la anotación en su respetivo boletí­n disciplinario del sistema SIRI de la Procuradurí­a General de la Nación, trámite que debe adelantar internamente el organismo fiscal.

5. Que en virtud la resolución 461 del 7 de octubre de 2016 emitido por la PGN en la cual se reglamenta el Sistema SIRI de registro de sanciones disciplinarias y penales es la respectiva Contralorí­a Delegada quien debe solicitar el levantamiento de la anotación a través del reporte de novedades conforme lo prevé el articulo 11 numeral 4º de dicho reglamento. 

6. Que tal anotación no genera consecuencias de carácter personal o funcional en cabeza del Director General de Cortolima y la funcionaria Muñoz Barreto, en vista a que el parágrafo 1º del artí­culo 38 de la ley 734 de 2002, establece que dicha anotación cesará cuando la Contralorí­a competente declare haber recibido el pago, como efecto sucedió en este caso.

!Cortolima y sus funcionarios han sido y seremos respetuosos de las decisiones de los organismos de control, pero en lo particular en este caso, no se trató de un caso de corrupción o apropiación de recursos públicos en vista a que se trató de una interpretación respecto a un í­tem de factor prestacional¡ afirmó el Director General de Cortolima.