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De la Espriella podría seguir caminando entre cadáveres tras fallo de tutela

El presidente Abelardo de la Espriella podría seguir apareciendo en imágenes junto a cadáveres durante operativos de la Fuerza Pública, luego de que el Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá declarara improcedentes las tutelas que buscaban limitar la difusión de este tipo de contenidos.

La decisión fue tomada frente a las acciones presentadas por Javier Ricardo Cabrera Cruz y el representante a la Cámara Santiago Osorio Marín, quienes alegaban una posible vulneración de derechos relacionados con la dignidad humana, la intimidad familiar y la protección de niños, niñas y adolescentes.

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El juez consideró que los accionantes no demostraron tener legitimidad para reclamar la protección de derechos ajenos ni acreditaron una afectación concreta que permitiera conceder el amparo constitucional.

Con el fallo, el despacho levantó la medida provisional decretada inicialmente por el Juzgado 14 Laboral del Circuito de Bogotá, que había ordenado retirar las publicaciones de las cuentas oficiales de Presidencia y del Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE).

Sin embargo, el fallo no establece que el Gobierno tenga vía libre para publicar cualquier imagen. El juez exhortó a la Presidencia y al DAPRE a evaluar la necesidad y proporcionalidad del material audiovisual sensible y, cuando corresponda, utilizar mecanismos menos invasivos para proteger la dignidad, memoria e imagen de las personas fallecidas y la intimidad de sus familias.

Espacio Disponible

Entre las alternativas mencionadas están las advertencias previas, restricciones de visualización, mecanismos de clasificación y otras medidas para evitar la exposición innecesaria de niños, niñas y adolescentes.

El despacho aclaró que este exhorto no constituye una orden de censura ni una restricción general para las publicaciones del Gobierno. La medida tampoco constituye una declaración sobre la licitud constitucional del material publicado, sino que se limita a declarar improcedentes las acciones de tutela presentadas.

El fallo es de primera instancia y fue impugnado el 22 de septiembre, por lo que ahora deberá continuar el trámite correspondiente ante la segunda instancia.