OPINIÓN 26-10-2020
Por:
Camilo Ernesto Ossa B.
Los servicios públicos en
general, con una mirada especial a los domiciliarios, iniciaron un proceso
liberalizador durante los años 80´s, donde se cambió el modelo del monopolio
natural imperante en aquella época, a la introducción de competencia en estos
mercados, ¡sí como lo leen!, los servicios públicos domiciliarios son mercados,
pues aún cuando la Constitución Política diga que son inherentes a la finalidad
social del Estado, también dice que deben prestarse de manera eficiente y
oportuna, garantizando la libre competencia y el acceso adecuado y equitativo a
toda la población, un binomio muy difícil de articular entre eficiencia y
equidad, el cual, considero yo, no ha sido equilibrado.
La historia nos ha contado
muy bien cual es el camino recorrido en aquellos servicios que implican la
utilización de una facilidad común para que puedan ser puestos a disposición
del consumidor, ocurrió entonces con los servicios públicos domiciliarios
–donde en teoría hay libre competencia, pero en la práctica no siempre-, y
ocurrirá hoy día con el internet como facilidad común y en relación a todos los
bienes y servicios que se tranzan en la red.
Y, así como ocurrió en los
años 80´s, hoy también debatimos la existencia de posiciones dominantes en
mercados acordes a nuestro tiempo –a través del internet-, nada más recordemos
que en estos días se informó al mundo que Google será llevado a los estrados
judiciales por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos por abuso de
la posición de dominio, pues, al parecer, utiliza los recursos recibidos por
publicidad para pagar a los fabricantes, operadores y navegadores de teléfonos
móviles para asegurar que sean ellos –Google-, el motor de búsqueda
predeterminado. Esto ya había pasado antes, recordemos que en el año 1982
ocurrió un hecho similar, cuando el Departamento de Justicia Norteamericano demandó
por conductas antimonopólicas al gigante AT&T, pues tenía una alta
concentración del mercado de telefonía, tanto local, básica conmutada, como
larga distancia, este hecho generó que, en esa época, AT&T tuviera que
vender un componente esencial de su empresa para introducir competencia en el
mercado de usuarios finales, creándose así muchas pequeñas empresas de
telefonía local conocidas en ese entonces como las “Baby Bells”.
Sin embargo, aún con toda
esa proliferación normativa y jurisprudencial, sobre todo en materia de
servicios públicos domiciliarios, seguimos siendo espectadores de estructuras
monopólicas que socavan nuestras libertades, pues nada más alejado al bien
común y el interés general que un monopolio y nada más restrictivo a la
libertad ciudadana que un Estado incapaz de proporcionar los servicios públicos
domiciliarios a su población, no solo en relación a la cobertura –pues esto va
más ligado al desarrollo-, sino en cuanto al acceso en condiciones de equidad
de acuerdo a la condición socioeconómica, algo que tiene que ver directamente
con la riqueza –o pobreza- de un territorio.
Por último, reflexionemos
lo siguiente: ¿Qué tanta competencia existe en nuestro país –y claro está, en
nuestra ciudad- entre prestadores de servicios públicos de energía y gas? ¿Tenemos
la posibilidad de elegir quién nos suministre estos servicios? Pensemos en el
surgimiento de una verdadera libertad, para nuestra ciudad y nuestro país que
reivindique la promoción del interés general y el bien común para los
ciudadanos.
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