La Secretaría de Tránsito informó que, entre el mes de noviembre del 2016 y hasta la fecha, se han realizado 82 comparendos e inmovilizaciones a vehículos que prestaban servicios ilegales de transporte a través de plataformas tecnológicas como UBER o de manera informal.
De acuerdo con Carolina Mosos, directora Administrativa y de Contravenciones de la Secretaría de Tránsito Municipal, más del 80 % de los comparendos que han sido impuestos por incurrir en la infracción D12 del Código Nacional de Tránsito fueron impugnados por los conductores.
!Al imponerse el comparendo, la persona tiene dos opciones: una de ellas es realizar el pago de la misma, esto conlleva a que haya una aceptación de la comisión de la infracción de conformidad con el artículo 136 del Código Nacional de Tránsito. Si no está de acuerdo, puede impugnar¡, dijo Mosos.
Y agregó: !Este proceso se hace ante la Secretaría de Tránsito y allí se escucha a la persona en descargos. Dentro del proceso, el presunto infractor tiene el derecho de defensa y contradicción, esto con el ánimo de determinar si existe o no responsabilidad frente a la imposición de la orden de comparendo¡.
Durante el proceso de impugnación, los conductores sancionados deberán enfrentar un proceso en la Secretaría de Tránsito. Si como resultado del proceso la persona es declarada contraventora se impondrá la multa a la que haya lugar, y se suspenderá la licencia de conducción por el término de seis meses.
Asimismo, si los conductores son reincidentes, la licencia de conducción será cancelada, tal como lo ordena el Código Nacional de Tránsito.
Cabe mencionar que los conductores que no impugnaron el comparendo recibieron los descuentos que permite la ley. Y quienes decidieron iniciar el proceso en la Secretaría de Tránsito, en caso de tener un resultado adverso, tendrían que cancelar una multa equivalente a un salario mínimo mensual, es decir, $737.717 durante el 2017 y $689.455 en 2016.
Debe agregarse que los vehículos que sean inmovilizados por prestar servicios ilegales de transporte recibirán cinco días hábiles de detención, y si reinciden podrían ser sancionados con hasta 40 días hábiles de inmovilización.
Por supuesto, vale decir que la Secretaría de Tránsito continuará realizando operativos de control para sancionar a las personas que utilicen sus vehículos para prestar servicios de transporte ilegal, e impondrá las sanciones a las que haya lugar.

